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sábado, 3 de diciembre de 2011

La Inquisición Moderna en España (1478 - 1834)


La inquisición moderna en España.

El Santo Oficio de la Inquisición o también llamado Tribunal de la Inquisición fue un tribunal eclesiástico dedicado a investigar y castigar las “desviaciones” de religión de los cristianos, es decir, estaba dedicado a la persecución de la herejía. Era dependiente de la corona y fue otorgado a los RRCC por el papa Sixto IV en 1478.


A mediados del s. XV en la Península Ibérica convivían varias clases sociales:

·         El clero: Dominaban el saber, elaboraban los libros y custodiaban las bibliotecas;  eran los que poseían el mayor conocimiento basado en la religión católica.

·         Los Reyes y la nobleza: Son los que ostentaban el poder, poseían las armas y las tierras.

·        El pueblo: era analfabeto e inculto, dependiente de los nobles para los que trabajaban la tierra.

·        Judíos: Realizaban cualquier oficio, eran personas instruidas y destacaban en el ámbito de los negocios e inversiones  por su dominio de la numeración decimal y la contabilidad. Eran de clase burguesa.

·        Moros: Eran habitantes de zonas rurales que desempañaban su trabajo en las tierras de labranza por el cual eran escasamente retribuidos.

Durante el s.XV se limitaron las posibilidades de trabajo de los judíos en los diferentes reinos de la Península, las actividades que realizaban fueron siendo restringidas progresivamente y se les obligó a vivir en un barrio determinado de la ciudad.

Ante esta situación, aparecieron los judíos conversos, llamados cristianos nuevos, en oposición a los cristianos viejos que eran los originarios cristianos. Los conversos observaron que al cambiar de religión todos los problemas e impedimentos que tenían eran eliminados; y puesto que eran personas con un nivel de conocimiento elevado llegaron a ocupar rápidamente puestos en las Cortes de España, creando así envidias entre los cristianos viejos.

A finales del s.XV en la Corona de Castilla se pidió la introducción del Tribunal de la Inquisición, debido al clima de alteración y a las  guerras civiles; también estaba justificada porque, los cristianos viejos aseguraban que los conversos seguían practicando en secreto su religión y por intentar controlar la sociedad cristiana; por todo esto; los RRCC pidieron al papa Sixto IV una concesión para instaurar un Tribunal de la Inquisición que fuera plenamente activo. El papa se lo concedió por la bula del 1 de noviembre de 1478, aunque el primer Tribunal inquisitorial no se formaría hasta 1480.

El cometido de esta institución era “corregir los errores de fe” en los cristianos y también vigilaban las actividades de los judeoconversos que eran los que mantenían las costumbres propias del judaísmo.

En la corona de Aragón se sustituyó la primitiva Inquisición medieval por esta “nueva” Inquisición; este cambio fue algo problemático, la Inquisición medieval era controlada por el papa y quería que siguiera siendo así y, también por otra parte los súbditos de la corona real veían en esta medida un contrafuero, ya que no sólo sería una institución religiosa sino también de la Corona.

Entre los años 1484 y 1498 Tomás de Torquemada, que había sido nombrado en 1483 Inquisidor General en Castilla y Aragón, realizó el Reglamento Interno de la Nueva Inquisición, muy diferente al de la inquisición medieval; en 1561 el nuevo inquisidor general Fernando Valdés fue el que  promulgó las últimas Instrucciones dando así al Santo oficio ese carácter burocrático y centralista por el que se le conoce.

En la actualidad se conservan numerosos documentos inquisitoriales en diversos archivos tanto a nivel nacional como extranjero: uno de los más importantes debido al elevado número de documentos es el Archivo Histórico Nacional (C/ Serrano 115, Madrid http://www.mcu.es/archivos/MC/AHN/index.html) que posee unos 1500 libros y 5500 legajos; importante también es el Archivo Diocesano de Cuenca (C/ Obispo Valera, 1 Cuenca), el Archivo General de Simancas (C/ Miravete, 8, Simancas) donde en el s.XIX se depositaron los documentos del Santo Oficio y la Biblioteca Nacional  (Paseo de Recoletos, 20 – 22, Madrid http://www.bne.es/es/Inicio/index.html)

Diferencias entre la Inquisición medieval y la Inquisición moderna en España.

·         La inquisición medieval aparece en 1230 y está presente durante la Edad media. La Inquisición Moderna surge en 1478 y actúará durante la Edad Moderna.

·         La inquisición medieval solo actúa en el Reino de Aragón; mientras que la Moderna lo hará en ambos.

·         La autoridad de la Inquisición medieval era el Papa; mientras que de la Moderna eran los Reyes por concesión papal, el Rey era el que nombraba a los Inquisidores, por lo que era un poder de la Monarquía. Los procesos no eran apelables en Roma.

·         En la medieval se combatía a los cátaros, en la moderna se luchaba contra la herejía en moriscos, judeoconversos y protestantes.

Desarrollo y etapas de la Inquisición moderna en España de 1480 a 1813

·         Primera etapa (1478 – 1530): Este período es el de mayor actividad inquisitorial, centrándose principalmente en los judíos conversos. A partir de 1520 la atención del Tribunal se desvía a los protestantes.

Durante estos 50 años se procesó a unas 60000 personas; llevándose a cabo la tercera parte de todas las ejecuciones de la historia de esta institución.

·         Segunda etapa (1531 – 1560): La actividad disminuye.

·         Tercera etapa (1561 – 1614): Comienza la represión a moriscos y protestantes.

Existe gran actividad anti judaizante contra los judíos conversos que pasan a España y Las Indias por la anexión de Portugal bajo el reinado de Felipe II en 1580.

·         Cuarta etapa (1615 – 1700): En 1609 se expulsa a los judíos por lo que se reduce su persecución. Fue una fase de menor actividad.

·         Quinta etapa (1701 – 1813): La actividad durante esta época estaba centrada en librepensadores y masones.

 El 22 de febrero de 1822 desaparece el Tribunal del Santo Oficio por decreto de las Cortes de Cádiz. Fernando VI lo implanta de nuevo en 1814, pero se abole definitivamente por decreto de Isabel II el  15 de julio de 1834.

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